Interinatos en las direcciones de áreas protegidas carecen de legalidad y representación
Boletín 3. En este número, además, se abordará la acción judicial de Jhasmani Torrico que atenta contra la libertad de prensa.
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Interinatos en las direcciones de áreas protegidas carecen de legalidad y representación
Desde enero de 2021, la Asociación Boliviana de Guardaparques, Agentes de Conservación (Abolac) denunció irregularidades en la gestión del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), que durante ese mes destituyó a 18 directores de estas áreas y siete jefes de protección, además de personal técnico especializado a cargo de la protección de reservas naturales. Ante esta situación, se designó a personas que no son guardabosques como directores interinos.
En un acuerdo entre SERNAP y la organización de guardaparques se determinó que los interinatos serían temporales, iniciando procesos de contratación conforme a lo establecido en la ley. Sin embargo, tres meses después, no se han iniciado dichos procesos. Para el 16 de abril se registraron dos pronunciamientos, uno desde el Madidi y otro desde la Reserva de Biósfera Estación Biológica del Beni, desde donde se denunció presión de organizaciones políticas hacia los guardaparques por cuestiones de tierra, tala de árboles y actividades mineras.
El 23 de abril, Carola Vaca, hasta entonces jefa de protección de la Reserva de la Biósfera en la Estación Ecológica del Beni, renunció a su cargo y denunció irregularidades en el SERNAP que atentan contra su objetivo: la protección de las reservas naturales. El 27 de abril, indicó que incluso se está asesorando a personas que buscan depredar las reservas naturales, denominados cuartoneros, apoyándolos en la realización de un plan de desmonte en Beni.
El 26 de abril, la Abolac emitió un pronunciamiento a través del cual denunció la proliferación de actividades mineras, asentamientos humanos nuevos y extracción de recursos naturales de manera ilegal en las áreas protegidas. Asimismo, se denunció presiones político partidarias para la designación de cargos en el SERNAP y la consecuente falta de apoyo técnico para los guardabosques, además de la falta de asignación presupuestaria para cubrir sus salarios.
Ante estas denuncias, el director del SERNAP, Teodoro Mamani, acusó a Vaca y a Marcos Uzquiano, guardabosques de la Reserva del Madidi, de efectuar falsas acusaciones. Indicó que los directores y guardaparques de las 22 reservas están garantizados.
Apoyando a Mamani se presentó Gonzalo Oliver Terrazas, representante de la Central de Pueblos Indígenas de La Paz (Cpilap), quien respaldó la transparencia y legalidad del proceso de designación de nuevos directores de áreas protegidas, rechazando la intromisión de organizaciones que hablan a nombre de los pueblos indígenas. El 15 de abril, en una entrevista con Radio Fides, Terrazas exigió la titulación de sus territorios ancestrales para evitar avasallamientos y denunció la extracción minera en el territorio de las comunidades a las que representa, en concordancia con las denuncias de la Abolac.
El Reglamento General de Áreas Protegidas, en su artículo 41, establece que, ante ausencia del director de áreas protegidas, el jefe de protección debe asumir el cargo de manera inmediata hasta que se resuelva la ausencia. La designación de directores interinos se enmarca en la ilegalidad y atenta contra la institucionalidad democrática del SERNAP. Toda autoridad interina carece del respaldo legal en su cargo, por lo que su permanencia depende de la voluntad de quien o quienes lo han designado, dando lugar a que atienda a los intereses del superior, en lugar de cumplir con las disposiciones normativas.
Los guardaparques son defensores de derechos, puesto que cumplen con la labor de protección del medio ambiente en las reservas que tienen a cargo. Su deber es esencial para asegurar la subsistencia del ecosistema, tanto a nivel local como global, por lo que el Estado tiene la obligación de protegerlos y garantizar el cumplimiento de sus funciones.
¿Qué es un defensor de derechos?
Los defensores son individuos, grupos e instituciones que promueven o procuran la realización efectiva de Derechos Humanos y libertades fundamentales. Son esenciales para la vigencia de la democracia y las políticas de mejora de las condiciones sociales, y económicas. El trabajo de promoción y protección que realizan las y los defensores les coloca en una situación de vulnerabilidad y alto riesgo frente a los intereses estatales y privados.
Acción judicial de Jhasmani Torrico atenta a la libertad de prensa
El 22 de abril se denunció que la jueza Sofía Camacho conminó a 13 medios de comunicación para la entrega de información publicada sobre Jhasmani Torrico, dentro de un proceso por difamación y calumnia que éste habría iniciado. Torrico habría argumentado que los medios lo acusaron falsamente, a pesar de que cumple una pena de seis años y medio por haber secuestrado y torturado a un mecánico.
Ante esta situación, la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), la Federación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Cochabamba (FSTPC), la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) y la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) expresaron su repudio, al considerar que se atenta contra el ordenamiento jurídico y contra la libertad de prensa.
El presidente de la ANPB, Pedro Glasinovic, indicó que esta acción “viola” el artículo 8 de la Ley de Imprenta que señala: "El secreto en materia de imprenta es inviolable" y además, porque esta "acción judicial tiene la intención de criminalizar el trabajo de los periodistas”. El pronunciamiento de dicha institución precisó que las sanciones penales contra periodistas podrían inducir a la autocensura limitando la información y afectando a la sociedad democrática. La FSTPC, por su parte, citó el artículo 106 de la Constitución boliviana, que protege el ejercicio de la libertad de prensa, mediante las normas de ética y de autorregulación de las organizaciones de periodistas, medios de comunicación y su ley.
Además del accionar de Torrico, llama la atención que la jueza Camacho accedió a la petición del querellante, atentando contra el marco jurídico vigente. Solicitar información a los medios de comunicación para procesarlos ante la justicia ordinaria atenta contra la libertad de prensa y el flujo de información necesario para una sociedad democrática saludable. De acuerdo con los estándares internacionales de Derechos Humanos, los periodistas deben ser juzgados en tribunales especiales e independientes, alejados de toda injerencia política que pudiera provenir del Estado. Su criminalización no solo atenta contra ellos como personas, sino que afecta al acceso a la información de la sociedad en general.
Gracias
El boletín Alerta Común es producido por el Observatorio de Defensores de Derechos de la Unión Nacional de Instituciones para el Trabajo de Acción Social (UNITAS).
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